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Indemnización Por Formación parte III





1 julio, 2013
Columnistas

 

Continuando con las generalidades del sistema, debe determinarse cuáles son los costos de formación que se utilizarán para calcular la indemnización. El artículo 4º inciso 1 del anexo 4  establece que a fin de calcular los costos de formación y educación las asociaciones calificarán a sus clubes en un máximo de 4 categorías “de acuerdo con sus inversiones en la formación de jugadores”. La realidad indica que sólo los países realmente poderosos del mapa mundial del fútbol tienen las 4 categorías. Por ejemplo, en la Conmebol solamente Argentina y Brasil calificaron a sus equipos de esta manera.

De acuerdo a la Circular FIFA Nº959 de 16 de marzo de 2005, estos son los costos de formación, establecidos por confederaciones, para cada categoría de clubes

 Confederación           Categoría I      Categoría II         Categoría III    Categoría IV

AFC                                                 USD 40000            USD 10000            USD 2000

CAF                                                 USD 30000           USD 10000             USD 2000

CONCACAF                                   USD 40000           USD 10000             USD 2000

CONMEBOL    USD 50000            USD 30000         USD 10000              USD 2000

OFC                                                   USD 30000         USD 10000              USD 2000

UEFA             EUR 90000             EUR 60000          EUR 30000              EUR 10000

En virtud de lo intrincado y litigioso que podía resultar efectuar el cálculo de los costos de formación, la FIFA ha establecido a través de la Circular 826 los parámetros indicativos de los costos de formación anual de jugadores teniendo en cuenta la Confederación en la que actúan, debiendo aplicarse en todos los cálculos salvo prueba en contrario.

Asimismo, en una medida que beneficia a los clubes más humildes, estableció el órgano rector, que al momento de efectuar la liquidación del monto a pagar, la indemnización se deberá calcular con los costos de formación de la categoría del nuevo club, considerándose de esta manera los gastos que dicho club se ahorró en la formación del atleta. Sin embargo, existe una salvedad y tiene tintes lógicos. A fin de que los montos no se transformen en impagables, los costos de formación por el período de entre los 12 y los 15 años se estipulan siempre en los costos de un club de cuarta categoría.

Por último, en caso de que un club no cumpla con su deber de abonar la indemnización por formación la Comisión Disciplinaria de FIFA podrá imponer medidas disciplinarias al infractor.

En próximos encuentros desarrollaremos algunos de los puntos básicos del instituto.

Hasta la próxima.